El Ministerio de Sanidad quiere prohibir que los conductores profesionales fumen en las cabinas

En Europa esta prohibición ya se aplica en Italia, Países Bajos y Rumanía. Por su parte, las patronales del transporte consideran que esta medida antitabaco es desproporcionada y discriminatoria.

 

El Ministerio de Sanidad prepara una ambiciosa reforma de la llamada Ley Antitabaco que entró en vigor por primera vez el 1 de enero de 2006 y que, entre otras cosas, planteará la prohibición de fumar en los vehículos de trabajo. Esta medida afectará de forma directa a los conductores profesionales que ejercen su actividad laboral al volante de camiones y furgonetas.

El futuro Real Decreto que desarrollará esta prohibición también contempla en su texto el consumo de cigarrillos electrónicos y de dispositivos de tabaco calentado, que normativamente serán equiparados al tabaco convencional en cuanto a sus restricciones de uso.

Por último, desde un punto de vista legal la aplicación de una medida de este tipo podría considerarse discriminatoria, si como se afirma desde el Ministerio de Sanidad no contempla también la prohibición de fumar en los vehículos particulares.

 

Más espacios sin humo

Con su aplicación la Ley 28/2005 y la Ley 42/2010 ya prohibieron, entre otros espacios, fumar en el interior de los lugares de trabajo, aunque en aquel momento quedaban exentos de la prohibición los vehículos utilizados por las empresas de transporte de mercancías por carretera. Con las nuevas medidas antitabaco el objetivo del Ministerio de Sanidad es ampliar el espectro de espacios sin humo.

 

Una medida desproporcionada

La respuesta de las patronales es considerar carente de sentido y proporcionalidad la estrategia dirigida por la ministra Mónica García, al entender que habitualmente los conductores desarrollan su actividad laboral en solitario y que por lo tanto el hecho de fumar a bordo de los vehículos no pone en riesgo la salud de otras personas.

Por otro lado, en la UE esta medida antitabaco no es extraordinaria puesto que desde 2016 en Rumanía también se prohíbe fumar a los conductores profesionales a bordo de sus vehículos. Las sanciones por este motivo alcanzan hasta los 110 euros para los chóferes y hasta los 1.100 euros para las empresas.

Más recientemente, Países Bajos e Italia también han desarrollado normativas que prohíben fumar en las cabinas de los camiones.

 

Peligroso para la seguridad vial

Al mismo tiempo y sin perder de vista la defensa de la salud de sus conductores, las empresas también señalan que esta medida indiscriminada podría llegar a ser perjudicial para la seguridad vial, dado que la prohibición de fumar a bordo de los vehículos puede generar en los conductores situaciones no deseadas de estrés y ansiedad.

Por otro lado, la DGT estima que el 60% de los accidentes de tráfico se producen por la pérdida de contacto visual con la carretera. Encender un cigarrillo conlleva 4,1 segundos en los que un vehículo a 90 km/h puede recorrer más de 100 metros sin que el conductor tenga puesta toda su atención en la carretera.

 

Fumadores al volante

A pesar de las campañas antitabaco se calcula que más del 40% de los conductores profesionales pueden considerarse fumadores habituales y que de este porcentaje aproximadamente el 75% consume más de 15 cigarrillos al día.